El Supremo fija doctrina: 125.000 interinos que encadenan contratos no podrán ser fijos sin oposición
www.abc.es/economia/supremo-falla-empleados-publicos-temporales-solo-deben-20260512114154-nt.html
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El núcleo factual presente en la mayoría de las coberturas — lo que no está en disputa.
El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo ha hecho pública una nota informativa este martes sobre una sentencia en la que se rechaza una de las peticiones centrales de los funcionarios interinos que encadenaban años de contratos temporales: la fijeza automática. "La contratación temporal de personal laboral por parte de las administraciones públicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo público sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos", señala el escrito del tribunal.
El Supremo tenía previsto estudiar el caso este mismo miércoles."La vista se fijó inicialmente para mañana, 13 de mayo, y se retrasa al viernes 22 de mayo por necesidades del servicio, según se recoge en sendas providencias notificadas hoy", ha explicado el Tribunal Supremo en un comunicado. "En consecuencia, la concesión de una autorización de residencia no genera el impacto en los diversos servicios públicos dado que, en la actualidad, las personas destinatarias de dicha medida ya son usuarias de tales servicios", justifica la Abogacía del Estado, dependiente del Ministerio de Justicia de Félix Bolaños.
El Alto Tribunal ha dictado su fallo en conformidad con la sentencia del TJUE del pasado 14 de abril sobre el llamado caso Obadal, y declara como relación laboral fija la de una mujer que había superado un proceso selectivo y posteriormente había sufrido abuso de temporalidad. La sentencia del Supremo conocida este martes pone fin a las aspiraciones de miles de trabajadores contratados durante años de manera temporal por las administraciones públicas, que esperaban que su relación laboral se declarara fija sin haber pasado por una prueba selectiva previa.
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